Septiembre en Chiapas

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viernes, 24 de febrero de 2012

De Desplazados y Nuevas Leyes







Por Zoé Robledo

El primer gran desplazamiento de población del mundo occidental fue voluntario y de naturaleza salvadora. Treinta y dos generaciones antes de Cristo, Moisés encabezó el éxodo del pueblo judío hacia la Tierra Prometida. En este proceso, los judíos llevaron su fe, su cultura y sus pocas pertenencias hacia un espacio anunciado y, tras perderse 40 años en el desierto, llegaron, más o menos felizmente a su destino. También la historia de México se inicia con un desplazamiento: el de los habitantes de la tutelar Aztlán, que emigraron hacia el sur -en un siglo todavía no determinado- seguramente como resultado de problemas ambientales que impidieron ya la vida humana misma. Al consolidarse el imperio, éste fue, a su vez, un permanente promotor de desplazamientos de pueblos que se negaban a pagar los tributos inherentes a su condición de vencidos.
Nuestra historia, pues, se puede escribir con la historia de los desplazados. Hoy, milenios después, las mismas necesidades siguen incitando ese fenómeno social, sobre todo en territorios donde las condiciones culturales, la conformación geográfica, la diversidad y la multiculturalidad, integran elementos latentes de desencuentro y vulnerabilidad.
Las personas internamente desplazadas son quienes se han visto forzadas u obligadas a abandonar su lugar de residencia por motivos de conflictos sociales o de catástrofes naturales y que, a diferencia de los refugiados, no han cruzado una frontera internacional. Generalmente, al dejar atrás vivienda, patrimonio, raíces y cultura; ponen en riesgo la vigencia de sus derechos más elementales. Como problema mundial es, incluso, más grave que el de los refugiados, porque es mayor y ha recibido menos atención: Actualmente, hay 16.2 millones de refugiados, en tanto que a lo largo y ancho del planeta hay más de 27.5 millones de desplazados internos.
Chiapas ha vivido en las últimas décadas sucesos dolorosos y aleccionadores: expulsiones de familias por motivos religiosos; la erupción del volcán Chichonal en 1982; el movimiento zapatista en 1994; el impacto del huracán Stan en el 2005; y más recientemente el deslizamiento de tierra en la comunidad de Juan del Grijalva en el 2007, a los que podrían añadirse los grandes proyectos hidroeléctricos iniciados desde la década de los años 50. Todos estos hechos tienen causas y orígenes diversos pero presentan un denominador común: el desplazamiento interno de población.
Se trata de un asunto serio y que debe atenderse de manera correctiva y, sobre todo, con las prevenciones, en todos los sentidos, que sean necesarias. Por esa razón, se ha promulgado la Ley para la Prevención y Atención del Desplazamiento Interno en el estado de Chiapas. Se trata de un ordenamiento que define el fenómeno y dispone medidas tanto de atención a los chiapanecos que se vean obligados a cambiar de residencia y de prevención ante el mismo problema. El deseo es el de no tener poblaciones desplazadas, porque los cambios forzados de lugar de vida son verdaderos dramas que hieren no solamente a los que sufren el problema, sino también a los chiapanecos sensibles ante las tragedias humanas. Lo ideal es que el problema no exista, pero cuando se presente, es necesario afrontarlo con recursos consistentes.
La nueva ley tiene varios antecedentes. En ella se recoge la visión del Ejecutivo del estado en el sentido de que el asunto debía atenderse y, en ese orden, presentó una iniciativa sobre el tema. También se tomaron en cuenta las reflexiones de organizaciones sociales y académicas, así como del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y el Alto comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), recabadas en el "Curso-taller Internacional sobre Desplazamiento Interno" que se celebró en Palenque, Chiapas, en septiembre del 2011.
La ley en cuestión obedece también a las sugerencias de Helen Clark, administradora mundial del PNUD, en el Congreso de Chiapas señaló: "Las leyes a favor de las personas internamente desplazadas, representan la legislación más progresista del mundo".
Como ejes estratégicos, la ley plantea dimensionar permanentemente el fenómeno; conocer y prevenir las causas del desplazamiento interno; garantizar la atención humanitaria; mantener la vigencia de los derechos y generar programas especiales para atender a los desplazados.
En Chiapas, se han enfrentado distintos problemas generados por la pluralidad. Se han promovido diversas normativas que se relacionan con los derechos humanos y con una mayor equidad jurídica y social, para todos los chiapanecos. Si alguna mujer u hombre en Chiapas ve violados sus derechos, en realidad se viola el derecho de todos. Si a un sector le hace falta personalidad jurídica y social, la equidad no existe para muchos. Y si no existe para muchos, no existe para nadie. En esa tesitura, Chiapas está a la vanguardia en referencia a la agregación de ordenamientos jurídicos para una mejor y más justa convivencia. Con esta legislación para proteger la vida, el patrimonio y el conjunto cultural de los desplazados internos, se consigue un nuevo avance. Para valorarlo, se requiere la reflexión serena y la mayor objetividad posible. No es mucho pedir y, con ello, hay mucho que ganar.
El autor es diputado local por la Sierra Madre de Chiapas y autor de la ley en comento.


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